DESCRIPCIÓN:

Ecuadorian Very Young Arbitration Practitioners (ECUVYAP) es un espacio académico y profesional para jóvenes interesados en el arbitraje local e internacional que tienen algún vínculo con Ecuador. 

MISIÓN:

La misión del ECUVYAP es fomentar el interés de nuevas generaciones de estudiantes y abogados jóvenes en la práctica de arbitraje local e internacional. De esta manera, el ECUVYAP ofrece una plataforma para que puedan intercambiar opiniones, ideas, proyectos y actividades sociales relacionadas con temas relevantes en materia de arbitraje.

BLOG:

El ECUVYAP Blog es una plataforma digital en la que se publicarán y discutirán temas relevantes y de vanguardia en materia de arbitraje local e internacional. Este espacio busca el desarrollo académico y profesional de sus participantes a través de la publicación de artículos, noticias y opiniones que promuevan el debate académico.

Municipio de Quito condenado a pagar USD 10,3 millones al Consorcio Acciona Línea 1 tras dos laudos arbitrales de la CCI
mayo 15, 2026

REGRESAR

AUTOR: Manuel Andrés Durán Fernández

Dos tribunales arbitrales constituidos bajo el reglamento de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) emitieron laudos favorables al Consorcio Acciona Línea 1 en disputas derivadas del contrato de construcción de la Línea 1 del Metro de Quito. El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito fue condenado a reconocer al contratista un total superior a USD 10,3 millones por concepto de compensaciones derivadas de cambios legislativos que afectaron los costos del proyecto durante su ejecución.

La Procuraduría General del Estado confirmó el 16 de abril de 2026 que dos tribunales arbitrales, constituidos bajo el reglamento de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) con sede del arbitraje en Santiago de Chile, emitieron laudos en los casos vinculados al contrato de ejecución de la Línea 1 del Metro de Quito. En ambos procesos, los árbitros acogieron la totalidad de las pretensiones del Consorcio Acciona Línea 1, empresa constructora de nacionalidad española.

Los laudos establecen que el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito está obligado a compensar al contratista por los efectos económicos derivados de cambios normativos sobrevenidos durante la ejecución del proyecto, de conformidad con lo estipulado en la cláusula 13.7 del contrato. Los rubros reconocidos comprenden: USD 2,52 millones por contribuciones temporales a sociedades correspondientes al período 2020-2022; USD 7,17 millones por el incremento de la tarifa del impuesto a la renta del 22% al 25%; y USD 684.000 por contribuciones vinculadas a la emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19. El monto total supera los USD 10,3 millones.

Cabe subrayar que los tribunales no determinaron un incumplimiento contractual directo por parte del Municipio. La condena se sustenta, en cambio, en la aplicación de las condiciones del contrato, cuya cláusula 13.7 prevé expresamente el derecho del contratista a ser compensado cuando cambios en la legislación vigente al momento de la presentación de la oferta afecten los costos de ejecución del proyecto. Este tipo de cláusulas de estabilización normativa es habitual en contratos de infraestructura de gran escala, y tiene por objeto distribuir el riesgo regulatorio entre las partes.

Desde una perspectiva técnico-jurídica, el caso ilustra la importancia de una adecuada gestión de riesgos contractuales en proyectos de obra pública de largo plazo. La incorporación de cláusulas de ajuste por cambios normativos transfiere al contratante público la obligación de asumir el impacto fiscal de modificaciones legislativas sobrevenidas, lo que puede generar pasivos contingentes significativos para las entidades contratantes. La sede del arbitraje en Chile implica la aplicación del derecho procesal arbitral chileno en lo que respecta a eventuales acciones de impugnación de los laudos.

La Procuraduría General del Estado informó que, junto con el estudio jurídico internacional Clark Hill, analiza el alcance de ambos laudos conforme a la legislación aplicable en la sede del arbitraje, lo que sugiere que el Estado evalúa las acciones que correspondan en derecho. El Municipio de Quito, como entidad autónoma, es el directamente obligado al cumplimiento de los laudos, sin perjuicio de las coordinaciones institucionales pertinentes.

El Metro de Quito, cuya Línea 1 entró en operación comercial en 2023 tras años de retrasos y sobrecostos, ha sido objeto de múltiples controversias contractuales. Este caso añade un nuevo capítulo a la historia jurídica del proyecto y reitera la relevancia del arbitraje internacional como mecanismo de resolución de disputas en contratos de infraestructura suscritos con empresas extranjeras.

Share This