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Múltiples acciones de inconstitucionalidad han sido presentadas en asuntos relacionados al arbitraje nacional e internacional
octubre 27, 2021

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Desde finales de agosto hasta octubre de 2021 se han presentado trece acciones de inconstitucionalidad en contra de diversos cuerpos normativos relativos al arbitraje.

Desde finales de agosto hasta octubre de 2021 se han presentado ante la Corte Constitucional del Ecuador trece acciones de inconstitucionalidad por asuntos relativos al arbitraje nacional e internacional. 

A efectos de contextualizar el origen de la mayoría de estas demandas, es importante recordar que recientemente el gobierno de Ecuador ha realizado esfuerzos por promover y reforzar el sistema arbitral ecuatoriano, especialmente a efectos de garantizar mayor seguridad jurídica a la inversión extranjera.

Mediante el Decreto Ejecutivo 122 expedido por el Presidente de la República el 16 de julio de 2021, el país volvió a ratificar el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados de 1966 (“Convenio CIADI”). Adicionalmente, mediante Decreto Ejecutivo 165 de 18 de agosto de 2021, se expidió el Reglamento a la Ley de Arbitraje y Mediación.

La gran mayoría de demandas pretende la inconstitucionalidad, en su totalidad, precisamente de ambos decretos ejecutivos. Sin embargo, también hay demandas que solicitan se declare “la inconstitucionalidad del Convenio CIADI”.

Existe también una demanda que solicita que se declare “la inconstitucionalidad parcial de los artículos 41 y el inciso segundo y cuarto del artículo 42 de la Ley de Arbitraje y Mediación”.

Estas demandas han despertado el interés de diversos grupos, tanto a favor como en contra, lo que ha causado que se presenten múltiples amici curiae en estos procesos. Seguramente por la conexidad de materia y de argumentos varias de estas demandas serán unificadas para su tratamiento conjunto por parte de la Corte Constitucional. 

Algo que llama la atención es que varias de estas demandas tienen textos idénticos, e inclusive algunas son presentadas por exactamente las mismas personas pero en representación de colectivos distintos.

Otro asunto a tener en cuenta es que se encuentra pendiente de resolución por parte de la Corte Constitucional la acción de interpretación del artículo 422 de la Constitución de la República, que sirve de fundamento para varias de estas acciones.

A continuación, presentamos un cuadro resumen de las acciones de inconstitucionalidad interpuestas.

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