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AUTOR: Manuel Andrés Durán
El laudo proviene del arbitraje administrado por la Corte Permanente de Arbitraje (caso PCA 2009-23), iniciado en 2009 al amparo del Tratado Bilateral de Inversiones entre Ecuador y Estados Unidos. El tribunal lo dictó el 17 de noviembre de 2025 y, tras una solicitud de corrección resuelta el 5 de febrero de 2026, el valor quedó fijado en USD 216.190.460,27: USD 175.720.152,45 por concepto de daño y USD 40.470.307,82 por intereses anteriores al laudo. En esa misma decisión el tribunal redujo alrededor del 85 % de los gastos que Chevron reclamaba por el litigio seguido bajo la ley RICO en Estados Unidos.
En la petición presentada en Washington, las demandantes cuantifican la obligación en USD 224.380.051,06 a la fecha de ingreso, valor que suma cerca de USD 8,1 millones de intereses posteriores al laudo. Esos intereses se calculan con la tasa de las letras del Tesoro estadounidense a un año más dos puntos porcentuales, lo que equivale a unos USD 33.700 por cada día de mora. Chevron pidió además que la Corte ordene al Ecuador constituir de inmediato una garantía por el total adeudado y que se le reconozcan las costas del proceso en Estados Unidos.
El Estado ecuatoriano cuestiona el laudo en la sede del arbitraje. El 13 de marzo de 2026 presentó una demanda de nulidad ante los tribunales de los Países Bajos, rectificada el 13 de abril siguiente por razones procesales. Su argumento central es que Chevron acudió al tratado como si fuera una póliza de seguro frente a una sentencia interna cuyo contenido la propia empresa conocía. Se prevé que la justicia neerlandesa resuelva entre la segunda mitad de 2027 y comienzos de 2028, de modo que ambos procesos avanzan de forma simultánea en Washington y en los Países Bajos.
La controversia se remonta a la sentencia dictada el 14 de febrero de 2011 por la Corte de Sucumbíos en el caso de Lago Agrio, que condenó a Chevron al pago de USD 18.200 millones por daños ambientales en la Amazonía, monto que luego se redujo a USD 9.500 millones. En 2018 el tribunal arbitral concluyó que esa sentencia se obtuvo mediante fraude y soborno y que el Ecuador incurrió en denegación de justicia al mantenerla vigente. El laudo de 2025 corresponde a la fase de cuantificación de esa declaratoria.
REFERENCIAS:
- https://www.primicias.ec/economia/chevron-demanda-ecuador-estados-unidos-interes-diario-exigencia-deposito-garantia-laudo-128529/
- https://www.expreso.ec/ecuador/chevron-demanda-ecuador-ee-uu-cobrar-laudo-arbitral-224-millones-289981.html
- https://www.juiciocrudo.com/articulo/chevron-exige-en-eeuu-pago-de-millonaria-deuda-de-ecuador/58121