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Datos interesantes del Informe de Gestión del año 2024 de la Procuraduría General del Estado
febrero 27, 2025

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AUTOR: Bernarda Muriel

BIOGRAFÍA:

Asociada en Corral Rosales, Miembro del Comité Ejecutivo de ECUVYAP, Secretaria de la Junta Directiva del CEIA y Representante CEIA Mujeres – Capítulo Ecuador. Abogada por la Universidad San Francisco de Quito; LL.M por Georgetown University Law Center.

Palabras Clave:

Presupuesto General del Estado | Informe Anual | Procuraduría General del Estado | procedimientos arbitrales | PROFIP

En enero de 2025, la Procuraduría General del Estado (“PGE”) presentó a la Asamblea Nacional su Informe Anual de Labores del año 2024. A continuación se detallarán los resultados más relevantes de este informe, que divisan la situación actual del Estado ecuatoriano como parte dentro de procedimientos arbitrales nacionales e internacionales, tanto en un ámbito comercial como de inversiones [1].

Cabe mencionar, como antecedente, que para el año fiscal 2024, dentro del Presupuesto General del Estado, se incluyó como “contingente pasivo” por laudos arbitrales un monto de USD 2.488.965.585,38. Este valor se calcula sobre la base de los datos proporcionados por la PGE y con corte a noviembre del 2023 y sin contar los laudos de los casos GLP y Gente Oil. Dentro de los posibles laudos a ejecutarse en contra de Ecuador en 2024, se encontraban los laudos de los casos Igapo; Kamana/Shaya; Pañaturi, AECON, Chevron, Merck & Dohme, Rao UES, y Worley Parsons, dando un total de USD 2.425.869.977,42 [2].

Con esto en mente, los resultados claves a mencionar del informe de la PGE son los siguientes:

Sobre causas internacionales: la PGE reporta un total de 95 causas procesadas, de las cuales (i) 10 fueron terminadas; (ii) 8 constituyen nuevos casos en sede extranjera o ante organismos regionales, arbitrajes comerciales y arbitrajes de inversión; y (iii) 85 son procesos activos.

Del grupo de causas activas, 7 son arbitrajes de inversiones iniciados en contra del Ecuador, 13 procedimientos arbitrales comerciales, 2 casos ante Juntas Combinadas de Disputas o Dispute Boards, y 44 notificaciones de controversia. Las industrias reportadas para estos procedimientos internacionales son principalmente minería, hidrocarburos, recursos no renovables, infraestructura, entre otros.

En resumen, el Estado reporta que tuvo 1 resultado favorable, 2 resoluciones parcialmente favorables, y 3 soluciones por vía amistosa. En total, se calcula un ahorro de USD 56.676.431,49 por concepto de “pagos evitados”, ya que la cuantía total reclamada en estos casos ascendía a USD 129.705.131,56 y el monto fijado por los tribunales arbitrales fue de USD 73.028.700,07. De las causas nuevas registradas, 4 tuvieron resultados desfavorables.

Finalmente, en un plano internacional, la PGE menciona que la defensa del Estado ha estado a cargo del equipo de la propia institución, así como de estudios jurídicos internacionales. Sería primordial en este analizar cuál el progreso del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de la PGE – PROFIP, iniciado en 2022, que tenía entre sus objetivos, capacitar a funcionarios internos para que intervengan en la defensa jurídica del Estado en procedimientos internacionales, que por ende representaría un ahorro para el Estado [3]. Se debe considerar que conforme el Informe de Ejecución Presupuestaria del Programa de Preservación de Capital de la PGE, en 2024 para el pago de costos y gastos asociados con procedimientos arbitrales nacionales e internacionales y judiciales le fueron asignados USD 9.043.477,55, de los cuales se devengó un 96.06%, equivalente a USD 8.686.797,45 [4].

Respecto a procedimientos nacionales: se contemplan 12 nuevos casos que involucraron a la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público (SETEGISP), Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), Mancomunidad del Proyecto de Agua Potable Pesillo Imbabura, Empresa Pública Estratégica del Ecuador (CELEC), Arconel, Ministerio de Agricultura y Ganadería, GAD del cantón Cuenca, GAD del cantón Manta, Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (SENESCYT), GAD del cantón Carlos Julio Arosemena Tola, GAD del cantón Baños de Agua Santa, y Petroecuador. Las disputas versan principalmente sobre contratación pública, telecomunicaciones, y electricidad. Además, se reporta que 12 casos iniciados en años previos concluyeron en 2024.

Se resalta que se interpusieron demandas arbitrales en virtud del Artículo 5 del Reglamento a la Ley de Arbitraje y Mediación (infra), que previo a ser parcialmente derogado disponía que, en caso de falta de respuesta de la entidad contratante a la solicitud de celebración del convenio arbitral propuesto por la contratista en el término de 30 días, este se entendía tácitamente aceptado. Además, se determina que existió un ahorro de USD 2.092.560,54 por “pago evitado”, ya que los valores demandados eran de USD 14.533.798,25, y el total de montos otorgados por tribunales arbitrales fue de USD 12.441.237,71.

Casos relevantes: en un plano internacional, la PGE enlista a los siguientes casos (i) Worley Parsons (arbitraje comercial), que concluyó con la desestimación de las pretensiones de la demandante y el pago voluntario a Ecuador de USD 6.048.471,01; (ii) PCR (arbitraje de inversiones) que finalizó por acuerdo de las partes, al haber pagado Petroecuador (parte en el arbitraje comercial que originó la disputa de inversiones) a PCR el monto condenado en este procedimiento inicial; (iii) Kamana/Shaya (arbitraje comercial), en el cual el tribunal arbitral condenó a Petroecuador, pero que finalmente se resolvió a través de un acuerdo de mediación entre las partes en el que se re financiaban los valores ordenados en el laudo.

Respecto a casos nacionales, la PGE establece los procedimientos (iv) Consorcio Tránsito Seguro Manta, en el cual el tribunal decidió que no tenía competencia ratione personae por los defectos en la comparecencia de la parte actora y la legitimación en la causa. No obstante, se nota que adicionalmente existe una causa internacional en curso; (v) Consorcio Ponce-Carrasco y otros, el tribunal se declaró incompetente ya que los demandantes no cumplieron con el Artículo 4(a) de la LAM -celebrar un convenio arbitral antes del surgimiento de la controversia-, y en vista de que los actores no habrían cumplido los requisitos para que opere el consentimiento tácito de la autoridad (Artículo 5 de la LAM).

Para finalizar, vale mencionar dos puntos. Primero, que actualmente el Presupuesto General del Estado de 2024 se encuentra prorrogado por USD 36.063,02 millones, considerando que están pendientes las elecciones presidenciales de abril de 2025. Por lo tanto, solo en agosto de 2025, cuando se elabore un nuevo Presupuesto por el Presidente electo, se podrá conocer si se asignará un valor específico para cubrir laudos internacionales como “contingentes pasivos”.

Segundo, en mayo de 2024 fue presentado el “Proyecto de ley para el cumplimiento de la voluntad popular expresada en la consulta popular y referéndum del 21 de abril de 2024 en lo relativo a la prohibición del arbitraje internacional” [5], que de ser aprobado afectaría directamente la forma en la que el Estado presupuesta y financia el pago de posibles condenas, pues se contempla la reforma del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas para evitar (i) que se financien con endeudamiento el pago de laudos arbitrales internacionales en contra del Estado; (ii) que se destine en el Presupuesto General del Estado recursos –actualmente registrados como “pasivos contingentes”– para el pago de laudos internacionales en contra del Estado “mientras estos no hayan sido reconocidos” [6].

Estaremos a la expectativa de qué sucederá en este 2025.

REFERENCIAS

[1] Procuraduría General del Estado, Informe Anual de Labores del año 2024. Disponible en: https://www.asambleanacional.gob.ec/sites/default/files/private/asambleanacional/filesasambleanacionalnameuid-20/informe-labores-instituciones/2024/procuradoria-estado-21-01-2025.pdf

[2] Secretaría de Financiamiento Público y Análisis de Riesgo – Ministerio de Economía y Finanzas, 2024. Disponible en: https://www.finanzas.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2024/02/Anexo-4.-Pasivos-Contingentes.pdf

[3] H. García Larriva, B. Muriel Bedoya, Ecuador’s Attorney General’s Office Seeks Modernization: What to Expect?, 2022. Disponible en: https://arbitrationblog.kluwerarbitration.com/2022/01/02/ecuadors-attorney-generals-office-seeks-modernization-what-to-expect/ Ver adicionalmente, Procuraduría General del Estado, Informe Ejecutivo de Ejecución Presupuestaria – PAI, Proyecto PROFIP – Período 2024. Disponible en: http://www.pge.gob.ec/images/documentos/LeyTransparencia/2025/profip/enero/INFORME_EJECUTIVO_PROFIP_diciembre_2024.pdf

[4] Procuraduría General del Estado, Informe Ejecutivo de Ejecución Presupuestaria – PAI, Resumen de Preservación de Capital – Período 2024. Disponible en: http://www.pge.gob.ec/images/documentos/LeyTransparencia/2025/profip/enero/INFORME_EJECUTIVO_PPC_diciembre_2024.pdf. Ver adicionalmente, https://www.finanzas.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2024/02/Anexo-1.-Justificativo-ingresos-y-egresos-1.pdf

[5] Asamblea Nacional del Ecuador, Proyecto de ley para el cumplimiento de la voluntad popular expresada en la consulta popular y referéndum del 21 de abril de 2024 en lo relativo a la prohibición del arbitraje internacional. Disponible en: https://www.asambleanacional.gob.ec/es/multimedios-legislativos/96195-proyecto-de-ley-para-el-cumplimiento-de. Actualmente, el proyecto se encuentra en revisión de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, para luego avanzar al primer debate por la Asamblea.

[6] El proyecto de ley contempla eliminar la disposición derogatoria segunda de la Ley de Fomento Productivo, que prescindió del requisito de homologación de laudos extranjeros. Ver F. Castro, Asambleísta presenta “Proyecto de Ley para el cumplimiento de la voluntad popular expresada en la consulta popular y referéndum del 21 de abril de 2024 en lo relativo a la prohibición del arbitraje internacional”. Disponible en https://ecuvyap.iea.ec/boletin/asambleista-presenta-proyecto-de-ley-para-el-cumplimiento-de-la-voluntad-popular-expresada-en-la-consulta-popular-y-referendum-del-21-de-abril-de-2024-en-lo-relativo-a-la-prohibicion-del-arbi/

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